Un borrador del denominado EU Kids Act, al que habría tenido acceso Euractiv, plantea introducir verificación obligatoria de edad para acceder a determinados servicios digitales, incluyendo redes sociales, plataformas de vídeo, herramientas de inteligencia artificial y videojuegos. El texto busca reforzar la protección de niños y adolescentes frente a contenidos perjudiciales, sistemas adictivos y riesgos derivados del uso intensivo de plataformas en línea.
La propuesta todavía no ha sido aprobada ni constituye la versión definitiva de una futura legislación europea. Sin embargo, su alcance sería considerable: los videojuegos tendrían recomendaciones de edad obligatorias cuya aplicación se controlaría durante la descarga, mientras las redes sociales adoptarían diferentes niveles de acceso y supervisión parental dependiendo de la edad del usuario.
Los videojuegos requerirían comprobar la edad al descargarlos
El borrador establece que todos los videojuegos deberían disponer de una recomendación de edad obligatoria, acompañada por mecanismos capaces de comprobar que el usuario cumple los requisitos antes de obtener el título.
Esa comprobación se realizaría mediante verificación de edad en la tienda de aplicaciones o software utilizada para descargar el juego. El texto publicado por Euractiv no identifica plataformas concretas, de manera que no puede darse por hecho todavía cómo afectaría individualmente a Steam, Epic Games Store, PlayStation Store, Xbox Store o cualquier otra tienda.
El cambio sería importante porque la clasificación por edades dejaría de funcionar únicamente como una referencia informativa en determinados escenarios. La propuesta pretende que exista una aplicación efectiva del límite mediante sistemas técnicos de verificación, aunque todavía faltan detalles sobre excepciones, videojuegos gratuitos, descargas desde páginas independientes o distribución fuera de tiendas centralizadas.
Tampoco se especifica qué ocurriría con bibliotecas ya adquiridas o cuentas existentes. El borrador se centra en la comprobación asociada al acceso y descarga, por lo que la forma definitiva de implementación dependería del texto legislativo que eventualmente llegase a tramitarse.
Las redes sociales tendrían cuatro niveles de acceso según la edad
El EU Kids Act plantea un sistema especialmente detallado para redes sociales. Los niños de 0 a 3 años no podrían acceder a estos servicios, mientras que entre los 3 y 13 años solo serían posibles cuentas completamente gestionadas por sus padres o tutores.
Entre los 13 y 15 años aparecerían las denominadas cuentas introductorias, que limitarían el número de contactos únicamente a determinados compañeros y establecerían restricciones sobre el tiempo diario de uso. Los padres dispondrían además de una aplicación separada para supervisar y controlar esas cuentas.
A partir de los 15 y hasta los 18 años podrían utilizarse cuentas autónomas en redes sociales y servicios de vídeo, según el planteamiento recogido en el borrador. La propuesta intenta así introducir una transición progresiva en lugar de aplicar simplemente un único límite de edad para todos los menores.
El texto justifica esta intervención utilizando datos sobre tiempo de pantalla y efectos asociados al uso temprano de redes sociales. Entre los riesgos mencionados aparecen aislamiento, presión social, problemas de concentración y aprendizaje, además de exposición a contenidos potencialmente perjudiciales.
Los algoritmos y las funciones diseñadas para generar adicción también quedarían regulados
La propuesta no se limita a comprobar la edad. Los servicios afectados tendrían que respetar principios de “diseño seguro” destinados específicamente a reducir riesgos para menores, actuando sobre elementos de la propia interfaz y no únicamente sobre el contenido disponible.
Entre las medidas aparece la prohibición de funciones deliberadamente adictivas, además de controles sobre algoritmos de recomendación para reducir desplazamientos infinitos y los denominados efectos de “madriguera de conejo”, donde una sucesión automática de recomendaciones conduce progresivamente hacia contenido cada vez más extremo o absorbente.
Las cuentas destinadas a menores tendrían también que utilizar configuraciones privadas y seguras por defecto, limitar contactos no deseados, facilitar sistemas de denuncia de contenido dañino y proporcionar controles parentales sencillos y adaptados a la edad.
La inteligencia artificial generativa aparece igualmente dentro del documento. El borrador menciona deepfakes, consejos potencialmente peligrosos proporcionados por chatbots y tratamiento inadecuado de datos personales como áreas donde considera insuficiente el marco de protección actual.
La UE ya prepara una herramienta que demuestra la edad sin revelar la identidad
La propuesta encaja con un proyecto que ya está bastante más avanzado. La Comisión Europea dispone desde abril de 2026 de una solución técnica preparada para verificar que una persona supera un determinado umbral de edad sin comunicar su identidad ni su fecha de nacimiento al servicio visitado.
El sistema puede obtener una prueba mediante documentos de identidad, pasaporte, identificación electrónica nacional, determinadas aplicaciones bancarias o validación presencial, pero después genera una acreditación independiente que simplemente responde si se cumple el requisito solicitado.
Así, una plataforma podría recibir únicamente la confirmación de que alguien tiene, por ejemplo, más de 13 o 18 años sin recibir su nombre, edad exacta u otros datos identificativos. La Comisión también contempla adaptar el mecanismo a diferentes umbrales, además del inicialmente diseñado para contenido restringido a mayores de edad.
La solución está basada en tecnologías compatibles con la futura cartera europea de identidad digital y España forma parte de los países que trabajan en su adaptación nacional. La Comisión quiere que estas herramientas estén ampliamente disponibles antes de finalizar 2026.
Las plataformas también pagarían por la supervisión europea
El borrador plantea además que las empresas de redes sociales paguen una tasa de supervisión a la Unión Europea, destinada a financiar el control y cumplimiento de estas obligaciones a escala comunitaria.
Antes de permitir que determinados servicios lleguen a menores, también existiría una evaluación de sus mecanismos de seguridad por parte de autoridades públicas, evitando que la protección se limite a comprobar la edad del usuario después de que la plataforma ya esté funcionando.
La intención declarada es invertir la relación habitual: limitar el acceso de las compañías tecnológicas a los menores en lugar de limitar únicamente lo que los menores pueden hacer en Internet. Esto explica que buena parte del borrador esté centrada en cómo se diseñan las plataformas y no solo en mecanismos de identificación.
Quedan, aun así, numerosas incógnitas prácticas. No existe todavía un texto definitivo ni una obligación vigente derivada del EU Kids Act, y la versión publicada por Euractiv puede modificarse significativamente antes de cualquier propuesta formal, negociación institucional o entrada en vigor.
Si finalmente se mantiene el apartado dedicado a videojuegos, el cambio más importante sería que las recomendaciones de edad podrían pasar de ser una clasificación visible a convertirse en una restricción técnicamente aplicada durante la descarga. El alcance real dependerá de cómo defina finalmente la UE las tiendas afectadas, los métodos de verificación y las excepciones aplicables.
Vía: TechPowerUp











