Hemos recibido una nota de prensa por parte de Entelgy, os la dejamos a continuación:
Cómo mantener la privacidad y seguridad de los menores en los colegios este curso
Los nuevos recursos educativos que utilizan los centros implican riesgos y los padres deben asegurarse de que los docentes toman ciertas medidas.
Algunas de las cuestiones que se deben tener en cuenta son que los profesores tengan formación específica, que se solicite la autorización de los padres y que se utilicen aplicaciones con garantías.
Septiembre ha llegado. A lo largo de esta semana, los jóvenes españoles se irán incorporando a las clases. Y, si bien pertenecen a dos generaciones distintas (la generación Z o centennial y la generación T o táctil), todos ellos están caracterizados por ser nativos digitales; es decir, han nacido en el período de mayor expansión y crecimiento de las nuevas tecnologías.
Estas nuevas herramientas, tan presentes en casi todos los ámbitos de nuestra vida, son cada vez más usadas dentro de los centros escolares para facilitar la enseñanza y aprendizaje de las guías docentes. Su utilidad es indiscutible por diversas razones. Una de las más importantes es ofrecer una educación de calidad adaptada a la sociedad actual, permanentemente actualizada, que permita la interacción con profesores y alumnos de todo el mundo de manera sencilla.
Sin embargo, el uso tan extendido de estos recursos digitales trae consigo un debate cada vez más actual: la seguridad y la privacidad en la red de los menores de edad. Por este motivo, se hace necesario establecer una serie de recomendaciones para proteger la seguridad de los menores. Con la llegada del nuevo curso, los padres deben prestar mucha atención a este asunto, implicarse y pedir toda la información necesaria al centro para que sus hijos estén seguros.
Laura Burillo, experta en protección de datos de Entelgy Innotec Security, compañía especializada en ciberseguridad, destaca los siguientes consejos a seguir en el ámbito educativo:
- Información clara y transparente a los padres: en primer lugar, los centros deben informar a los padres, madres o tutores de qué tecnologías y aplicaciones se usan en las aulas, así como su funcionalidad. De igual modo, estas deberán permitir el control, por parte de los tutores o profesores, de los contenidos que suben, especialmente los multimedia.
- Profesores con conocimientos específicos: otro punto clave es que los profesores deben formarse y actualizarse sobre las aplicaciones, además de estar autorizados por el centro docente para su uso. A este respecto, también es recomendable fomentar la creación de programas específicos de formativos y concienciación, que impliquen a profesores y alumnos, sobre seguridad y protección de datos.
- Uso claro de los datos: en caso de que el centro use apps y programas que traten de alguna forma información de los alumnos (nombres, direcciones, fotografías, etc), esta debe definir claramente el tratamiento que harán de los datos, dónde estarán ubicados y por cuánto tiempo, su finalidad, sus responsables y las garantías de seguridad. En este sentido, también es recomendable evitar los sistemas de almacenamiento en la nube para prevenir fugas en caso de hackeos de cuentas.
- Apps seguras: si no se realiza un análisis adecuado antes de implementar un programa o aplicación, es posible que erróneamente se recurra a software que incluya malware. En este sentido, los centros educativos deberán evaluar la seguridad de la aplicación y, partiendo de ello, autorizar o denegar su utilización.
Los peligros de Internet
El ciberacoso, el acceso a pornografía a edades tempranas (según una investigación de la Universitat de les Illes Balears, los jóvenes españoles comienzan a acceder a contenidos pornográficos a los ocho años), adoctrinamiento terrorista, la influencia a conductas obsesivas como la anorexia, la sextorsión… Estos y muchos otros son los peligros a los que están expuestos los menores una vez comienzan a tener presencia en Internet. Sin olvidarnos, por supuesto, del peligro de comprometer su privacidad descargando aplicaciones cuyas políticas de protección de datos son opacas, como el caso reciente de “FaceApp”, y “Zao”.
Por otro lado, es evidente que los menores de edad también deben disfrutar de su derecho a la intimidad y los padres no deben actuar como “espías”, pero sí hacerlo con coherencia acorde a su rango de edad y madurez. “Durante edades más tempranas sería recomendable activar un control parental más estricto a través, por ejemplo, del uso de herramientas informáticas, limitar el acceso a la webcam y los contenidos de tipo violento y sexual”, aconseja Burillo, quien añade que, conforme el joven vaya creciendo, habrá que ir otorgando de forma paulatina más autonomía (al igual que en el mundo no digital).
¿Cuál es la edad legal en España para utilizar las redes sociales?
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) otorgó la facultad a los Estados miembros para establecer una edad inferior a 16 años para considerar lícito el tratamiento de sus datos personales basado en su consentimiento, siempre y cuando dicha edad no fuera inferior a 13 años. A raíz de esto, España estableció, con la nueva Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), el límite de edad en los 14 años.
Por tanto, la ley nos dice que un mayor de 14 años podrá consentir por sí mismo acerca del tratamiento de sus datos. Esto significa que puede abrirse un perfil en las redes sociales, si bien sabemos que a veces lo hacen antes, pues no es muy difícil falsear esta información.
Es por ello que, cuando comienzan a decidir sobre su actividad en la red, hay que adoptar ciertas precauciones. Ocultar la geolocalización, meditar todo lo que se publica, no compartir datos sensibles o eludir indicar nombres y apellidos completos son solo algunas de las medidas que la experta de Entelgy Innotec Security recomienda tomar. Por último, hay un detalle que en muchas ocasiones se pasa por alto; esto es, la presencia de otros menores de edad en las imágenes que se comparten. “Es necesario recordar que, sin el consentimiento previo de la madre, padre o tutor, esta sería una práctica ilegal”, concluye.